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14 abril 2009 | Leído veces

Las reformas que podemos llevar a cabo en nuestro hogar se clasifican según a lo que afectan del edificio.
Encontramos tres tipos de reformas:
A) Obra Mayor
Requiere Licencia de Obras. Pueden afectar a la estructura del edificio, a instalaciones comunes y , en cuanto a estética a la fachada y a cualquier aspecto relativo a las zonas comunes.

B) Obra Menor
Requiere Licencia de Obras. Pueden afectar, dentro de la vivienda de un usuario particular a las divisiones interiores y/o a sus instalaciones.

C) Obra Intrascendente
No requiere Licencia de Obras. Son pequeñas obras que pueden afectar, también dentro de la vivienda de un usuario particular, a los pavimentos, revestimientos, techos y acabados, mobiliario, electrodomésticos y cualquier tipo de equipamiento doméstico.

AYUDA PROFESIONAL

Los servicios que nos pueden interesar a la hora de hacer reformas son principalmente:

Ayuda profesionalDelineación de planos; dibujar un plano de nuestra vivienda a escala nos permitirá planificar más eficientemente y sobretodo detectar errores de funcionalidad. Estimar presupuestos con precios oficiales; para tener una idea de lo que nos cuesta la obra antes de buscar albañiles. Consultas técnicas; sobre materiales, intenciones, sistemas, instalaciones... Redacción de Proyecto; puede ser de reforma, de decoración...

Contamos con tres profesionales que nos pueden ayudar con nuestra reforma:
A) Arquitecto
Como técnico superior es el máximo profesional de la edificación que contempla nuestro sistema educativo. Cuenta con funciones propias, otorgadas por ley, en el proceso edificatorio.
Su campo de actuación es muy variado; urbanismo, edificación, interiorismo, restauración, paisajismo, etc, por lo que, aunque la opinión de un arquitecto siempre tiene interés, la de algunos nos resultará más útil que la de otros. Por supuesto nos interesará especialmente consultar a arquitectos con experiencia en interiorismo y edificación residencial.

El título de arquitecto se obtiene al realizar la carrera de Arquitectura en alguna de las universidades españolas donde la oferten. La profesión del arquitecto está regulada en primer lugar por el Colegio Oficial provincial correspondiente que impone unas normas de conducta (Estatutos). Y en segundo lugar por el Consejo de Colegios a nivel estatal que impone otras normas de conducta más generales (Normas deontológicas). 

Este técnico nos podrá asesorar en cualquier aspecto sobre reformas.

B) Arquitecto técnico
Antes llamado aparejador, el arquitecto técnico es un técnico titulado de rango medio con funciones propias, otorgadas por ley, en el proceso de edificación. 

En los últimos tiempos el abanico de funciones para estos profesionales se ha ampliado enormemente en campos muy diversos; seguridad y salud, gestión de residuos, Jefe de obra, prevención, gestión de construcciones, etc con lo que, al igual que con los arquitectos, nos interesará más la opinión de aquellos con experiencia en interiorismo y edificación residencial.

El título de arquitecto técnico se obtiene al realizar la carrera de arquitectura técnica en alguna de las universidades españolas donde la oferten. La profesión del arquitecto técnico está regulada en primer lugar por el Colegio Oficial provincial correspondiente que impone unas normas de conducta (Estatutos). Y en segundo lugar por el Consejo de Colegios a nivel estatal que impone otras normas de conducta más generales (Normas deontológicas).

Este técnico nos podrá asesorar en aspectos técnicos en cuanto a ejecución y control de calidad.

C) Titulado Superior en Diseño de Interiores
Es el máximo profesional del diseño de interiores que contempla nuestro sistema educativo. Tiene sus atribuciones reconocidas por ley.

Ayuda ProfesionalEste título se obtiene al realizar los Estudios Superiores de Diseño en la especialidad de Diseño de Interiores, en alguna de las Escuelas de Arte y Superior de Diseño de España.
La profesión del Titulado Superior en Diseño de Interiores está regulada por el Colegio Oficial regional correspondiente, o el nacional si aquel no existe, que impone unas normas de conducta (Estatutos). Sin embargo no es necesario colegiarse para ejercer la actividad por lo que la realidad actual es que cualquier persona que lo desee puede abrir una oficina de decoración y diseño interior y firmar proyectos de decoración. Esto nos lleva a aconsejar al usuario a pedir título y referencias o fotos de trabajos realizados anteriormente.

En cuanto a servicios, su nombre lo indica todo. Estos profesionales nos podrán asesorar en cuanto a materiales, ambientación, control de su calidad, y en general aspectos estéticos relevantes.

TABLA RESUMEN

Hemos visto los tres profesionales existentes que nos pueden ayudar con nuestra reforma y los hemos visto por separado. No obstante la realidad laboral es mucho más compleja ya que existen por ejemplo oficinas de decoración que incorporan un departamento de obra así como oficinas de arquitectura con su departamento de interiorismo propio. Aparte cualquier empresa puede incorporar o no sus propios instaladores / operarios.

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